¿Te queda alguna duda? Conversa con nuestra IA laboralista
El Tribunal Supremo prohíbe la aplicación retroactiva de los acuerdos de descuelgue del convenio colectivo a fecha anterior a la del propio acuerdo de descuelgue. Ello evidencia que las negociaciones de descuelgue, habrá que comenzarlas con margen de tiempo.
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