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El TSJ, tras determinar que la empresa no acreditó de manera suficiente los hechos recogidos en la carta de despido, considera el abandono temporal e indeterminado de la línea de producción por parte del trabajador consecuencia de un incidente en el que no tuvo intervención y, por tanto, entiende que no existe incumplimiento acreditado, grave y culpable imputable al mismo. En concreto la sentencia desestima el recurso interpuesto por la empresa y confirma la improcedencia del despido.
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