Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia entiende que no existe coacción por parte de la empresa, al haber anunciado una medida legal amparada en el Ordenamiento Jurídico, y al no tener entidad suficiente como para causar un temor grave, racional y fundado sobre las trabajadoras.
¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.